Sobre acoso sexual laboral. ¿Es legal? ¿Cómo reconocerlo?

  • Es ilegal hostigar a una persona (candidato, candidata, trabajadora o trabajador) debido a su sexo. El acoso puede ser de tipo sexual o puede incluir avances no deseados, pedido de actividades o acciones no deseadas de tipo sexual a cambio de un favor o tratamiento especial o también puede ser de tipo verbal, físico o emocional.

  • El acoso también puede incluir comentarios ofensivos sobre el género o sexo de una persona. Por ejemplo, es ilegal hostigar a una mujer haciendo comentarios ofensivos sobre las mujeres en general.

  • Las víctimas y victimarios pueden ser hombres, mujeres o individuos de género no conforme; sin embargo, la mayoría de las víctimas de acuerdo a las estadísticas son mujeres con trabajos u ocupaciones en las áreas de servicios (fast food, hospitales, restaurantes) y también en manufactura o agricultura y con pocos ingresos.

  • Para que sea considerado acoso u hostigamiento, la ley dice que no pueden ser incidentes raros u ocasionales. El acoso ocurre cuando los incidentes son tan frecuentes y/o severos que crean un ambiente hostil para la persona trabajando o cuando resulta en una discriminación o tratamiento negativo en el trabajo.

  • La persona que abusa, puede ser un jefe, supervisor de otra área, un colega o también puede ser un cliente. 

REPORTE EL ACOSO

  • Si lo están acosando sexualmente en el trabajo, debe informar el acoso al departamento de recursos humanos o a su jefe. Si no lo informa a recursos humanos o a la gerencia, ellos no sabrán de este acoso y no pueden tomar medidas correctivas inmediatas y su empleador no tendrá ninguna responsabilidad sobre este. Además, una vez que su jefe reciba el reporte de acoso sexual, tiene EL DEBER de tomar acciones correctivas inmediatas. Esto quiere decir que su empleador tiene el deber de investigar la queja y, al determinar que ocurrió el acoso, disciplinar o despedir al acosador/a y asegurarse de que no haya más contacto entre el acosador y la víctima.

  • Hay leyes que prohíben que los empleadores tomen represalias en contra suyo por denunciar acoso sexual. Estas represalias pueden incluir cualquier acción negativa en contra suyo en el trabajo, como bajarlo de categoría, disciplina, despido, reducción de salario o reasignación de trabajo o turno.

  • Si el acoso continúa y han tomado represalias sobre usted luego de reportarlo, debe presentar un cargo ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) de los EE.UU. dentro de los 180 días a partir de la fecha de la supuesta violación, a fin de preservar sus derechos. También puede iniciar un proceso de presentar un cargo por su cuenta aquí: https://publicportal.eeoc.gov/portal/. Además puede buscar un abogado laboral para que lo ayude con el proceso de la EEOC.

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Agradecemos a Alessandra Palazzolo de Georgia Latino Law Foundation por la revisión legal de esta sección.